Por Alejandro Salas / Desde la adhesión del Estado chileno al convenio UPOV 91 (1) el año 2011, las tensiones y debates sobre la normativa sobre los obtentores vegetales y los OGM (transgénicos) han recorrido caminos pedregosos y difíciles de transitar para las organizaciones ciudadanas, ambientales y el mundo campesino. Frente a las preocupaciones territoriales por el patrimonio biocultural que implica la semilla tradicional ancestral, se encuentra el lobby de las empresas nacionales y transnacionales del sector, quienes reclaman la actualización de las normas y los instrumentos administrativos de acuerdo a las políticas de fomento de la agroexportación e inserción definitiva del país a la mecánica agrocapitalista de escala global, con la correspondiente promesa omnipresente de desarrollo para las regiones agrícolas y forestales del país.En efecto, la adhesión al UPOV 91 requiere de una ley de obtentores vegetales que incluye los principios del convenio para ser finalmente ratificado con su respectivo correlato legal. Sin embargo, las posiciones de actores sociales relevante como RAP- AL, OLCA y la campaña YNQT Chile entre otros han puesto de manifiesto (2) que la regulación de la propiedad intelectual de la semilla para perfeccionar un mercado en la materia profundiza la dinámica agroextractivista con todas sus consecuencias.
Mas que solo variedades nuevas de semillas obtenidas de su manipulación genética, los OGM constituyen un paquete tecnológico que incluye el uso de agrotóxicos específicos creados para el desarrollo de dichas variedades, como sucede con el tristemente célebre Glifosato el cual a pesar de la contundente evidencia respecto del daño que produce en los agro ecosistemas y en la salud de quienes lo habitan y trabajan no ha sido incorporado en los listados de biocidas prohibidos en el país.
Por otra parte, existe cierta presunción en los defensores del UPOV 91 de que en la medida que exista una normativa para los obtentores vegetales es posible también la protección de la semilla campesina tradicional a través de un registro de propiedad (un campesino puede ser un “obtentor”) es por lo menos ingenua en la medida de que la semilla tradicional campesina es patrimonio común del territorio, por lo que buena parte de su existencia y su permanente reproducción y propagación es parte de acervos colectivos ancestrales de las comunidades. En el campo la circulación de las semillas tradicionales no responde a un mercado monetarizado, sino a relaciones solidarias de intercambio de variedades donde no cabe la especulación del dinero ni la propiedad rentista.
Gracias a la puesta en común del tema en el debate público y el debate legislativo, la discusión ha permanecido abierta. Por su lado la insistencia del gremio semillero y agroindustrial tuvo frutos en la firma del Tratado Transpacífico TPP11, el cual a propósito de las discusiones de fondo sobre sus efectos en cuanto a la soberanía alimentaria ha sido fuertemente cuestionado y desplazado de la agenda legislativa post estallido social para su ratificación en el Senado.
Pero el proyecto agroextractivo que subyace a la política económica para las regiones agrícolas no se detiene. En los meses de julio y octubre del 2019 (3), la patronal semillera ANPROS A.G sostuvo reuniones via ley del lobby con el director del SAG, Horacio Bórquez, donde se esperaba tratar entre varios temas la actualización de la normativa para la producción de semillas. A principios de abril del año presente, el SAG anuncia decreto exento (4) que empuja el cerco puesto por el mundo socioambiental, derogando el actual instrumento que regula los OGM en Chile y reemplazándolo por una normativa de nuevo tipo que permite la permanencia, siembra, almacenamiento y acondicionamiento de estos, incorporando por primera vez OGM obtenidos en Chile gracias al financiamiento de la investigación biotecnológica encargada por las semilleras y la gremial frutícola a universidades y centros de investigación. En suma se trata de liberar la producción científica de la normativa actual para estimular el retorno de inversión. (5)
Este nuevo decreto del SAG ha sido llamado a consulta pública no vinculante tal cual como lo establecen los mecanismos de participación ciudadana de la entidad, formalizando con ello una suerte de “simulacro” de diálogo democrático que valida un proceso que desde el mundo activista ha sido homologado con la ya conocida “cocina” donde se fraguan normas que favorecen al agrocapital en desmedro de los intereses de comunidades campesinas y territoriales.
Lo que se asoma tras estas reiterativas prácticas de lobby empresarial y sus consecuentes procesos de elaboración de normas con participación social de baja o nula intensidad, es el gran vacío legislativo en la materia. El amarre de una ley de obtentores de vegetales a la ratificación de tratados como el TPP11 desprovee al mundo ciudadano y campesino de un lugar de incidencia política donde los presupuestos de partida están a escala territorial, en las agro-culturas y sus expresiones organizativas. La desconfianza existente en una ley basada en los mandatos del UPOV 91 se basa en la distancia que hay entre la racionalidad capital – productivista dominante y el sustrato biocultural que comprende las relaciones campesinas en torno a la semilla, su propagación y su circulación.
De momento no suena plausible que una ley de obtentores bajo criterios UPOV sea la salida para la protección de la semilla tradicional campesina. Por supuesto que soterrar decretos tampoco lo es. Quizás fortalecer la organización, insistir en permear el debate público, crear diálogos para recorrer los recovecos de la discusión constitucional que se viene y que se vincula con la temática nos proponga nuevas pistas.
Referencias:
- Convenio Internacional para la protección de obtenciones vegetales
https://www.upov.int/upovlex/es/conventions/1991/act1991.html
- Declaración RAP Chile sobre Transgénicos
https://www.yonoquierotransgenicos.cl/2020/05/adhiere-a-declaracion-de-rap-chile-sobre-transgenicos/
- Plataforma Ley del Lobby – Audiencias director SAG Horacio Bórquez
https://www.leylobby.gob.cl/instituciones/AR006/audiencias/2019/205542/364007
https://www.leylobby.gob.cl/instituciones/AR006/audiencias/2019/205542/385902
- Sistema de consulta pública del SAG
http://www.sag.cl/quienes-somos/consulta-publica
- Nota campaña Yo no Quiero Transgénicos en Chile sobre decreto OMG